Extranjería
El blog de Pascual Aguelo
09/03/2009
La "Hospitalidad" en la reforma de la LOEX

Hospitalidad (DRAE)

(Del lat. Hospitalitas, -atis)

  • 1. f. Virtud que se ejercita con peregrinos, menesterosos y desvalidos, recogiéndolos y prestándoles la debida asistencia en sus necesidades
  • 2. f. Buena acogida y recibimiento que se hace a los extranjeros o visitantes.
  • 3. f. Estancia de los enfermos en el hospital

Promover la permanencia irregular en España de un extranjero podrá ser sancionado como falta grave con un multa de entre 501 y 10.000 euros. Se considerará que se promueve la permanencia irregular cuando el extranjero dependa económicamente del infractor y se prolongue la estancia autorizada más allá del período legalmente previsto.

Un numeroso grupo de ciudadanos españoles, que interpreta que la regulación "despoja de ayuda a las personas en situación irregular y pretende intimidar a quienes ejerzan la hospitalidad y el cuidado del otro", ha promovido un manifiesto para la reforma de la ley que se titula: "Salvemos la hospitalidad" (el documento se puede descargar en http://www.dosorillas.org/spip.php?article1833).

La Subcomsión de Extranjería del CGAE ya se pronunció en similar sentido:

"El "control de la inmigración irregular" no es lo mismo que la "lucha contra la inmigración ilegal". Deberíamos ser muy rigurosos con los términos utilizados, si no queremos colocar en el punto de mira represivo al propio inmigrante, pues corremos el riesgo de equivocar el objetivo y perseguir a las víctimas en lugar de sancionar a los verdaderos culpables.

Debemos transmitir muy claramente que no es lo mismo "inmigración irregular" que "inmigración ilegal", como tampoco es lo mismo "facilitar" que "beneficiarse o traficar" con la inmigración irregular. Tal es así, y lo advertimos desde este momento, que podemos llegar a confundir la lucha contra la inmigración ilegal con la "lucha contra la inmigración", como en un ¿lapsus? lo ha convertido el redactor del anteproyecto gubernamental (Pág. 5; párrafo 4º de la Exposición de Motivos)". (Revista Abogados nº 54)

Merece la pena apoyarlo.

 

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