Extranjería
El blog de Pascual Aguelo
13/02/2008
¿Es necesario un "Contrato de Integración"?

En plena campaña electoral ha surgido el tema de las migraciones y la extranjería. Aun cuando las propuestas pueden modificarse, el PP ha puesto sobre la mesa una serie de aparentes ingeniosas medidas, como la creación de un contrato de integración de los extranjeros o el visado por puntos, que tratarían de aportar la solución mágica de los males que según el citado partido acarrea el fenómeno migratorio en nuestro país.

En plena campaña electoral ha surgido el tema de las migraciones y la extranjería. Aun cuando las propuestas pueden modificarse, el PP ha puesto sobre la mesa una serie de aparentes ingeniosas medidas, como la creación de un contrato de integración de los extranjeros o el visado por puntos, que tratarían de aportar la solución mágica de los males que según el citado partido acarrea el fenómeno migratorio en nuestro país.

Presentadas como grandes novedades no son sino la adaptación a España de algunas viejas recetas de la derecha europea en materia migratoria: controles exhaustivos para la entrada de nuevos migrantes y politicas asimilacionistas en relación con aquellos que se encuentran ya en territorio europeo, que tan escasos éxitos están teniendo en los países de nuestro entorno más próximo. Así, desde el 1 de Enero de 2007 es obligatoria la firma de un contrato similar al propuesto por el PP para cualquier extranjero (no ciudadano de la Unión Europea), que se instale en Francia.  La políticas de puntos se conocen en Bélgica, Alemania, y Reino Unido, e incluso han sido motivo de oferta electoral en Catalunya por CIU en recientes procesos electorales.

El objetivo no declarado de las propuestas populares es tratar de aparentar una total ausencia de regulación de los derechos y obligaciones susceptibles de ser exigidos  a las personas migrantes.  Sin embargo, nada más lejos de la realidad.

Lo primero que hay que señalar es que como prescribe el derecho español “la ignorancia de las leyes no excluye su cumplimiento”, por consiguiente, con contrato o sin él, todo el minucioso ordenamiento jurídico español es exigible sin excusa posible a todas las personas, incluidas por supuesto las migrantes. En segundo lugar, recordar, que el principal bloque normativo legal de la extranjería actualmente vigente, fue aprobado precisamente bajo el Gobierno del Partido Popular, entre los años 2000 y 2003, y que entre otras muchas regulaciones exige el cumplimiento de un importante número de condiciones tales como: presentación de un certificado médico, ausencia de antecedentes penales y gubernativos, disposición de medios económicos, cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social, realización continuada de actividad laboral, exigencia de documentación identificativa, entre otros.

Lo novedoso de la propuesta popular es precisamente no partir de exigencias jurídicas, sino de imposición de “costumbres meta jurídicas”, es decir usos y rituales privados, no todos ellos dignos de conservarse, ni de gozar de protección pública, que sin explicitarlos, pues no resulta factible un enunciado exhaustivo de todas ellos, aparecen o se escenifican, como valores superiores al derecho. Nadie se había atrevido a tanto, con la excepción de Le Pen en Francia.

Quizás para ocultar este desatino se trae a colación un tema de diferente calado que merece sin duda una cierta reflexión: el papel del lenguaje en el proceso de integración social; pues, aún cuando puedan existir muchos otros factores integradores, es indiscutible que el grado de conocimiento de la lengua del país de destino migratorio favorece la integración social de cualquier persona.

Dicho esto, desciendo a la realidad actual, no se puede olvidar que: un tercio de nuestros inmigrantes son de habla española; otro tercio por ser de procedencia comunitaria queda excluido de cualquier actuación restrictiva, cerca de otro millón más no cuentan en los planes del PP por tratarse de inmigrantes en situación irregular, sobre los que solo cabe la solución del alejamiento. Por consiguiente, la medida solo alcanza al tercio de migrantes de procedencia asiática (China), africana y marroquí en particular; pero muchos de estos últimos con conocimiento del idioma español por provenir de zonas de influencia española (próximas a Ceuta, Melilla).

El contrato francés “de integración republicana”  recoge asimismo en su art. 1 una serie de compromisos del Estado y las personas migrantes (una reunión de acogida colectiva, una sesión informativa sobre la vida en Francia,  una visita médica, la entrevista personal, una jornada de formación cívica, la formación lingüística, una sesión de información sobre la vida en Francia y la información específica sobre los servicios públicos de empleo y formación profesional) que determinan la concesión de la carta de residencia o su renovación.

Su contenido es similar al Informe de Arraigo Social que en España se viene emitiendo por los ayuntamientos como documento necesario para acceder a la residencia temporal y en los que se hace constar entre otros: el tiempo de permanencia; los medios de vida, grado de conocimiento de las lenguas oficiales utlizadas, la inserción en las redes sociales de su entrono, programas de inserción socio laboral en los que haya participado, etc… 

Es preciso reconocer que ninguno de los sistemas contiene fórmulas mágicas integradoras. El francés, de carácter claramente asimilacionista, no ha sido incapaz de integrar ni siquiera a muchos de los hijos de los inmigrantes, así lo prueban las revueltas de los barrios de muchas de sus ciudades; el británico, más multicultural, ha sido incapaz de evitar los trágicos actos de terrorismo de Julio de 2005. 

Y es que en materia migratoria NO EXISTEN FÓRMULAS MÁGICAS; así lo atestigua la permanente modificación de las legislaciones de los Estados europeos en este terreno
¿Dónde se halla entonces la solución?. La base para una solución lo más acertada posible parece que se encuentra en el reconocimiento sin condiciones de los Derechos Humanos de todas las personas, partiendo de la igualdad y no discriminación, del impulso del principio de ciudadanía y el respeto del principio de interculturalidad.  Todos esos Derechos y Principios tienen una clara relación con los deberes de todos y de todas, que también deben exigirse sin discriminación.

Cuestión distinta es debatir el tipo de gestión de flujos migratorios que en buena lógica dependerá del grado de compromiso social o de las posturas políticas de unos y de otros.

Tal y como ha venido a ser planteada la propuesta, debería haberse quedado fuera de la contienda electoral.  Lo que a veces se denomina “política de Estado” exige en este caso la permanente búsqueda del consenso y no del disenso, del diálogo y no de la confrontación.  Porque el tema ofrece tal complejidad que la búsqueda de soluciones simplistas y demagógicas solamente conduce al malestar social y deriva en un incremento de la xenofobia.

Comentarios
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26/02/2008 11:28:24

Juicios de valor y sentar cátedra

No cabe duda de que todas las personas deben cumplir el ordenamiento jurídico establecido en un estado de derecho (esto es una obviedad), pero cuando se te informa de tus obligaciones y se te exige un compromiso personal con tu firma, no cabe duda de que el efecto es mayor.

Independientemente de que estoy de acuerdo en que la propuesta del PP debe estar unida a formación y acciones de integración reales, creo que el director de este blog en este tema sólo realiza juicios de valor ("deriva en un incremento de la xenofobia" ¿por qué?) y parece sentar cátedra sobre un problema que es muy complejo y dificil (faltaría más, sino no sería un problema). ¿Alguna solución constructiva?. P. Hernandez.

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