Derecho Penitenciario
El blog de Lourdes Chasco
14/10/2009
DIA DE LA SALUD MENTAL. "Al alcance de todos"

En este blog, la salud mental es un tema recurrente. El pasado 10 de octubre fue el día de la salud mental. Este acontecimiento anual, organizado por la Federación Mundial para la Salud Mental (WFMH) y respaldado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), persigue mejorar la calidad de vida y defender los derechos de los más de 450 millones de personas que viven en el mundo con una enfermedad mental.

Del Manifiesto "Salud Mental al alcance de todos", recojo un párrafo:   "Los estudios realizados han demostrado claramente que la intervención temprana no sólo contribuye a la recuperación rápida y completa de las personas con enfermedad mental sino que también lleva a la persona a una mejor integración en la sociedad. Sin embargo, menos de la mitad de personas con enfermedad mental recibe un tratamiento hoy en día".

Y he elegido esta frase porque he visto casos, muchos casos, en que la intervención se pospone con consecuencias perniciosas. Y todo eso lo he visto en las prisiones. En las prisiones existen muchas personas con enfermedad mental, como sabéis uno de cada cuatro. Quienes todavía no lo habíais leído es que no conocéis en detalle los estudios de la propia Institución Penitenciaria.

Estudio Transversal sobre Sanidad Penitenciaria.

Estudio PreCA (Prevalencias de trastornos mentales en cárceles).

Cómo no vamos a sentirnos cercanos a los problemas que viven las personas con enfermedad mental. Y cómo no vamos a sentirnos  también muy cercanos de las personas que además de tener una enfermedad están cumpliendo condenas en Prisiones o medidas de seguridad en Hospitales Psiquiátricos Penitenciarios.  

Creemos que flaco favor se hace a la sociedad en su conjunto cuando olvidamos la intervención temprana de la que habla el manifiesto. Sin un tratamiento en salud mental puntero, la orientación de las penas y medidas de seguridad a la reeducación y reinserción social se incumple. No estamos siendo conscientes de nuestro fracaso y pese a tener una sensibilidad muy desarrollada para las responsabilidades ajenas, parecemos impermeables a las responsabilidades que nos corresponden.

Así que sólo nos resta denunciar la situación. Así lo ha hecho la APDHA y con ella cierro hoy esta conversación virtual.

APDHA DENUNCIA EL TOTAL ABANDONO DE LOS ENFERMOS MENTALES EN PRISIÓN

Comentarios
página
amparo de valencia
22/03/2010 21:55:27

ayuda mas a rehabitación

tengo un hijo en prision de 23 años enfermo de depresiones desde los 10 años, esta agresivo con nosotros y quisiera saber si ahi algun tipo de ayuda para cuando salgan, un trabajo o una terapia, porque creo que en la carrcel no ha mejorado mucho y tengo miedo duando salga vuelva a lo mismo
Lourdes Chasco de
25/01/2010 21:18:58

Para Carmen de Valencia (comentario de 22 enero)

Estimada Mª Carmen de Valencia: Puedo hacerme a la idea del sufrimiento por el que estáis pasando ante la situación que relatas. Agradezco la confianza que depositas en mí por contarnos algo tan personal y plantearme tus dudas. Lo que te voy a decir ya lo he expuesto en ocasiones anteriores, quizás con otras palabras. Este blog no puede resolver dudas técnico-jurídicas de esta manera, sería una frivolidad por nuestra parte hacer comentario alguno sobre un asunto sin información. Los profesionales del Derecho (seamos Jueces, Fiscales o Abogados) que intervenimos en materia penitenciaria necesitamos tener toda la información penal y penitenciaria, necesitamos tener toda la documentación existente, y, con todo ello, estudiamos el caso. Aun así, admito que puede haber errores, de unos y de otros. Para nosotros, Letrados, es muy importante el contacto con la persona que necesita de nuestros servicios. Yo, como el resto de los Letrados, informamos de las posibilidades reales a nuestros clientes e iniciamos o intervenimos en el procedimiento administrativo o judicial, en defensa de los derechos de las personas privadas de libertad. Veo en tu comentario que contáis con el asesoramiento de un Abogado de oficio. Nos preguntas, no solo a mí sino al resto de Abogados y Abogadas que visitan esta página, qué podéis hacer en esta situación. Desde mi punto de vista, en estos momentos la persona que más información puede y debe tener del tema es ese Abogado de oficio, accede a la documentación completa, algo que os he comentado antes es muy importante, y por su conocimiento jurídico puede estar en disposición de informaros con mucho más detalle y precisión de lo que podamos comentar nosotros en este blog. Os aconsejo afectuosamente que os pongáis a disposición de ese Letrado en todo aquello en que os pueda necesitar y que le solicitéis toda la información. Un cordial saludo y mis deseos de que mejore la situación de vuestro hermano en breve. L. C.
Mª Carmen de Valencia (ESPAÑA)
22/01/2010 14:03:56

Reunificación de condena

Hola, me gustaría que me ayudara, el caso es que mi hermano estando en prisión y teniendo cerca el fin de la condena, pidió que le bajaran una que tenía pendiente, (la primera de 2 años y medio, y la restante es de 2 años), para poder así solicitar la libertad condicional, o en el peor de los casos cumplir la pendiente sin salir en libertad. (porque mi hermano dice que una vez fuera no soportaría entrar otra vez) Petición que le aprobar. De hecho, hay dictado un auto en el cual se le reunifica ambas condenas, que estudiado el caso viendo que cumple todos los requisitos, que en una de las condenas ha sido indultado, y cumplidas ¾ partes de la condena le concedían la libertad condicional, y que el 5/10/2009, daban por finalizado el ingreso en prisión; firmado y sellado por la jueza en cuestión. Ahora, una vez está en casa, tranquilo, en rehabilitación (es drogodependiente, pero nunca había tenido problemas judiciales), está incorporado a la vida cotidiana, en proyectos con grupos de apoyo a otras personas con problemas…, levantan una orden de busca y captura. Y lo metieron otra vez en prisión, por la misma condena en la que le concedieron la libertad condicional. En los juzgados de nuestro pueblo, tanto los funcionarios, guardias civiles, policías nacionales, que han leído la sentencia, y los documentos del director de prisión, donde se dice que queda libre, nos dicen que no tiene ni pies ni cabeza lo que está ocurriendo. Su abogado de oficio, ha hecho un recurso, que dicen de momento lo han denegado, y que sería una equivocación de la jueza que firmo la sentencia. Yo me pregunto si los jueces no estudian los casos antes de firmar una sentencia, la verdad yo tampoco le veo fundamento a este tema, y por ese motivo le pediría por favor a alguien que me dijera que podemos hacer en esta situación. Les doy las gracias de antemano.
Dennis Estanley Muñoz Rosa de El Salvador
05/01/2010 04:51:02

Salud fIsica, que implica una discapacidad importa

Hola Lourdes, soy de El Salvador, y me llama ha llamado la atención tu blog, porque es un tema muy sensible el que tratas, en mi país aunque no exista mucho eco en el tema, no importa, porque lo interesante es mejorar el sistema penitenciario, en el sentido que los discapacitados, sean los internos o reos, enfermos mentales o con patologías fisicas, en ningun momento estan desprovistos de derechos amparados en nuestras constituciones y sobre manera por convenciones internacionales amparados en Derechos Humanos. Me gustaría enviarte un caso que llevo en mi país de un discapacitado que ya esta condenado, para ello necesito tu correo, el mio por si a caso es estanlexarobagmai.com Hasta pronto.
Lourdes Chasco de
14/12/2009 19:33:31

Para el equipo de redacción de Synaptica y para todos en general

Bienvenidos a este espacio de encuentro. Acabo de visitar vuestra web y leer "Salud mental entre rejas". Estoy segura de que vais a seguir tratando el tema de la salud mental en prisión en vuestra web en las secciones "Sanidad Penitenciaria" y "Cárceles". Así que estaré atenta a vuestros contenidos. Os agradezco que os hayais dirigido a nuestro blog y espero que vosotros y nosotros podamos seguir colaborando en este objetivo de mejorar la salud mental de los presos con enfermedad mental actualmente en prisiones y hospitales psiquiátricos penitenciarios. A los que visitáis este blog y estáis interesados en el tema, además de leer en Synaptica "Salud mental entre rejas" (http://www.synaptica.es/noticia/salud-mental-entre-rejas), os recomiendo que visitéis la web de FEAFES (http://www.feafes.com/FEAFES/Noticias/Encuentro FEAFES - FEPSM.htm). En ella se informa de cómo se ha desarrollado el encuentro que anualmente realizan los representantes de las asociaciones de familiares y personas con enfermedad mental y los profesionales de la psiquiatría. Saludos desde el blog
Redacción Synaptica de
14/12/2009 11:40:01

Enlace

Hola Lourdes; enhorabuena por tu blog. Citamos tu post sobre Salud mental en un tema reciente en nuestra web. http://www.synaptica.es/noticia/salud-mental-entre-rejas Saludos desde www.synaptica.es
Lourds Chasco de
09/11/2009 22:15:25

Para Mikel (compañero que nos escribía el 4 noviembre)

Estimado Mikel: Bienvenido a este blog. Lamento la imprecisión que siempre se produce en estas consultas tan impersonales y a la par no demasiado concretas. Todos sabemos que, a veces, la práctica del lugar desdice criterios generales. Así que me ceñiré a lo que es habitual en líneas generales. La solicitud del adelantamiento de la revisión de grado puede venir justificada, en líneas generales, en el artículo 72.4 de la LOG, ya que como dicho precepto dice: “En ningún caso se mantendrá a un interno en un grado inferior cuando por la evolución de su tratamiento se haga merecedor a su progresión”. Por supuesto hay casos específicos que pueden justificar una progresión, pero, como la normativa penitenciaria la puedes consultar, no entraré en detalles. No hay previsiones específicas sobre la manera en que debemos formular a la administración penitenciaria una petición de que se valore la progresión de grado de una persona presa. Si os sirve de orientación el artículo 70 LRJ-PAC indica qué debe contener la solicitud de iniciación de un procedimiento administrativo: identificación del interesado; hechos, razones y petición en que se concrete con toda claridad la solicitud; firma, y órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige. Por eso lo de ser demasiado escueto no os lo aconsejo, a veces puede traernos consecuencias perjudiciales. Puede ocurrir que posteriormente se os argumente que se ha cambiado el objeto de la reclamación inicial si vuestras pretensiones no estaban debidamente detalladas y peticionadas en el escrito dirigido a la Administración penitenciaria. En muchos casos, cómo formulamos el escrito va muy en línea con las armas defensivas de las que disponemos. Hay ocasiones en que la contundencia de la documentación que podemos aportar es tal, y la evolución de la persona tan favorable que incluso optamos por el despliegue de todos los argumentos en ese momento. Seguro que Mikel lo tienes claro pero por si alguno de los que nos visitan quieren tener una idea de cuáles son los criterios operativos de la Administración penitenciaria para la clasificación de los internos pueden hacer una lectura de la Instrucción 9/2007 en el Portal de Derecho Penitenciario, Sección Normativa, Circulares de la Secretaría General de IIPP. (http://www.derechopenitenciario.com/normativa/circulares.asp) Gracias Mikel por participar en el blog, esperamos que tu escrito tenga los resultados apetecidos. Y esperamos seguir contando con tus comentarios. Cordiales Saludos. Lourdes
Mikel de España
04/11/2009 10:15:16

Solicitud adelantamiento revisión grado penitenciario

Lourdes, soy un compañero, que quiere solicitar un adelantamiento de la revisión de grado que realiza cada seis meses la Junta; me podrías indicar si el escrito tiene que tener algún requisito esencial, si es muy formalista; o al revés, hay que hacerlo escueto y al grano. Gracias de antemano.
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